BONO DE CANCELACIÓN DE DEUDA (BOCADE)
Debido al no envío de los fondos que le corresponde a la provincia por parte del gobierno Nacional, la devaluación, el ajuste y la profunda crisis que están atravesando todas las provincias, el Gobierno de La Rioja decidió poner en circulación el BONO DE CANCELACIÓN DE DEUDA (BOCADE), un instrumento financiero que tendrá un valor de 1 a 1 con relación al peso argentino y permitirá potenciar el circuito financiero local, reactivando la economía y el consumo.
Los BOCADE (Bonos de Cancelación de Deudas – Decreto 1110/2026 Ayuda Social Extraordinaria) son instrumentos financieros emitidos por el Gobierno de la Provincia de La Rioja, para poner en valor el trabajo y el salario de quienes prestan servicios en el Estado, incentivando el consumo y la reactivación económica de la Provincia.
Hay en circulación BOCADE de 1.000, 2.000, 5.000, 10.000, 20.000 y 50.000 denominados en "Chachos".
Sí, la paridad es de UN (1) CHACHO UN (1) PESO.
Podes comprar cualquier producto en comercios adheridos. También, podes pagar servicios e impuestos de empresas estatales.
No, solo pueden acceder a esta modalidad los comercios adheridos. Podes usar tus Chachos para comprar y pagar servicios o impuestos.
No, ningún banco opera con Chachos, podes usar tus bonos en comercios adheridos o pagar las facturas de tus impuestos y servicios provinciales.
Todos los impuestos provinciales como: Ingresos brutos, automotor, sellos, inmobiliarios etc. También, podes pagar tasas municipales y tu factura de Edelar, Aguas Riojanas e Internet para todos.
No, los Chachos son de circulación provincial.
El Comercio está obligado a darte el vuelto. Si el pago que hiciste con Chachos es superior al importe de lo que compraste y/o pagaste, podes recibir el vuelto tanto en pesos como con Chachos según decisión del comerciante.
No, los únicos autorizados a retener los Chachos presuntamente falsos, son las Oficinas habilitadas por el Gobierno de La Rioja.
Podes hacerlo a consultasbocade@larioja.gob.ar
Como se anunció oportunamente, es un pago extra por única vez que se efectivizará con Bonos de Cancelación de Deuda (BOCADE) "Chachos" lo que se suma al salario que mensualmente perciben las y los trabajadores.
El pago de Chachos no alcanza al descuento por Cuota de Alimentos (litis) por ser una Ayuda Extraordinaria.
Trabajadores y trabajadoras tanto de planta como vinculados de la administración pública provincial, y quienes perciben haberes por Obligaciones a Cargo del Tesoro, entre ellos veteranos, jubilados no transferidos, ex Vialidad y beneficiarios de pensiones no graciables.
Las y los agentes sean de planta o vinculados percibirán 50 mil Chachos
Debe acreditar la identidad como titular beneficiario/a presentando DNI. Sin excepción.
El pago es por persona y no por cargo.
En estos casos se solicita comunicarse con su director o directora de Administración para saber de qué manera deberá proceder o bien hacerlo vía correo electrónico a consultasbocade@larioja.gob.ar
Para los casos especiales, cada director de administración determinará qué va a exigir para acreditar la identidad. Por ejemplo, en los casos de enfermedad o cobro mediante apoderado. Igualmente es importante aclarar que si no cobra un mes puedo cobrarlo el mes siguiente, ya que es acumulativo.
En estos casos en particular- APOS Córdoba, Casa de La Rioja en Cordoba y Casa de La Rioja en Bs As- será el área de la que dependen quienes establecerán los requisitos para el pago.
Requisitos para comercios que se adhieran a las operaciones de rescate anticipado y rescate al vencimiento:
■ Suscripción de formulario de adhesión de establecimiento. Descargar
■ Suscripción de Convenio / Carta de ratificación y aceptación. Descargar
■ Constancia de inscripción en ARCA
■ Constancia de inscripción en DGIP
■ Constancia de CBU (puede ser de cualquier banco)
■ Estatuto societario (personas jurídicas)
■ Poder legal o Acta de Asamblea con designación de autoridades, cuando corresponda (personas jurídicas)
La documentación completa deberá ser remitida a comercio-chachos@larioja.gob.ar
Simplemente, informar CUIT, Razón Social, nombre de fantasía, dirección, localidad, teléfono y correo electrónico al equipo de Atención Comercial que los visitará presencialmente. Si tiene dudas sobre este punto puede consultar en comercio-chachos@larioja.gob.ar
Tenés el derecho de rechazarlo y solicitarle a tu cliente una forma de pago alternativa. No estás autorizado a retener lo Chachos y/o a destruirlos.
Si el pago con Chachos por parte del cliente es superior al importe de la venta y/o cobro, podes entregar el vuelto tanto en pesos como con Chachos.
Es la opción que tienen los comercios de depositar los Chachos en las oficinas habilitadas para su posterior conversión a pesos.
Solamente podrán acceder al Rescate Anticipado y/o Rescate Final los comercios que adhieran a esta modalidad. Ver condiciones en la sección Adherí tu comercio.
Todos los pagos de intereses de capital, de los Bonos de Cancelación de Deudas, emisión ley número 10.850, serán efectuados mediante transferencia bancaria a las cuentas declaradas por los tenedores en la solicitud de rescate. Los tenedores reconocen que la acreditación de los fondos se encuentra sujeta a los plazos operativos del sistema financiero, por lo que podrá producirse dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la fecha en que el emisor ordene la transferencia.
La autoridad de aplicación habilitará dos instancias mensuales de Rescate Anticipado en los cuales los tenedores podrán presentar los Bonos de Cancelación de Deudas, emisión ley número 10.850, para su rescate. El valor del pago será equivalente al 100% del valor facial total de los Bonos de Cancelación de Deudas, emisión ley número 10.850. Para ello deberá las y los interesados deberán presentarse en las oficinas de Rescate ubicadas en Santa Fe 576 y/o en el Centro Comercial e Industrial en Copiapó 235 de lunes a viernes de 10 a 17 horas en las siguientes fechas de atención desde el lunes 7 al jueves 10 y desde el martes 22 al viernes 25 de septiembre; desde el martes 6 al viernes 9 y desde el jueves 22 al martes 27 de octubre; desde el lunes 9 al jueves 12 y desde el martes 24 al jueves 26 de noviembre; y desde el martes 8 al jueves 10 de diciembre.
Una vez presentado el Rescate Anticipado, se le efectivizará el pago en la cuenta declarada por el comerciante según corresponda, en las siguientes fechas: lunes 14 y martes 29 de septiembre; miércoles 14 y jueves 29 de octubre; lunes 16 y lunes 30 de noviembre; y lunes 14 de diciembre.
A diferencia del Rescate Anticipado, éste te dará un rendimiento del 1% por el plazo de cinco meses, cuyo cálculo se efectuará aplicando interés simple y directos obre el Valor Fiscal de los Bonos de Cancelación de Deudas que exclusivamente se presenten al vencimiento. El “Plazo” computa como un único período de amortización para el cálculo de los intereses.
El valor del pago correspondiente al Rescate Definitivo será equivalente al 101% del Valor Facial Total de los Bonos de Cancelación de Deudas presentados para el Rescate Definitivo.
Los Bonos de Cancelación de Deudas (Emisión Ley Nº 10.850) que pretendan ser rescatados al vencimiento deberán presentarse en los días de atención para solicitudes de Rescate Definitivo desde el lunes 21 hasta el miércoles 23 de diciembre en las oficinas de Rescate ubicadas en Santa Fe 576 y/o en el Centro Comercial e Industrial en Copiapó 235 de lunes a viernes de 10 a 17 horas.
En tanto que el pago del Rescate Definitivo se efectivizará en la cuenta declarada por el comerciante, el martes 29 de diciembre de 2026.
Requisito para apertura de cuenta persona jurídica
● Información Societaria:
● DDJJ Composición del Capital Social- Autoridades. (Adjunto)
● DDJJ de PF/ PJ en relación con otras sociedades. (Adjunto)
● DDJJ Estructura Societaria (Adjunto)
● Fotocopia del Contrato/ Modificaciones del Contrato de constitución inscripto en el Registro Público de Comercio.
● Fotocopia del Acta de Asamblea de elección de Autoridades y distribución de cargos inscripta en el Reg. Púb. de Comercio.
● Fotocopia del Actas de Directorio, Asambleas Ordinarias y Extraordinarias inscriptas en el Registro Público de Comercio.
● Documento de Identidad del responsable Legal.
● Ultimas 6 DDJJ IIBB. En caso de estar inscripto en convenio Multilateral, presentar además los papeles de Trabajo a fines de determinar la Base Imponible de Jurisdicción La Rioja.
Requisito para apertura de cuenta de persona física
● Documento de Identidad del responsable Legal.
● Ultimas 6 DDJJ IIBB. En caso de estar inscripto en convenio Multilateral, presentar además los papeles de Trabajo a fines de determinar la Base Imponible de Jurisdicción La Rioja.